´DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta contra la sentencia dictada en fecha 02 de abril de 2025, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró INADMISIBLE la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES, intentara la ciudadana MARISOL JOSEFINA AGUILAR MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.573.529, en su condición de Administradora de la JUNTA DE CONDOMINIO DE RESIDENCIAS EL MIRADOR, con Registro de Información Fiscal Nº J-305934819, debidamente registrada ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 10 de junio de 1981, bajo el Nº 50, tomo 06.....