En Audiencia Anticipada solicitada por las partes, el Tribunal la acordó de conformidad con los artículos 257 y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; comparece por la parte Actora el trabajador: FRANCISCO JAVIER BENITEZ CRESPO, titular de la Cédula de Identidad N°14.781.850, con domicilio en el Municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo, asistido por la Abogada JOHANA RIVAS HERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 109.993, de este domicilio, por una parte, y por la otra, ANTONIO ORTEGA ALBORNOZ abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 27.848, con el carácter de apoderado de la demandada PEPSICOLA VENEZUELA C.A C.A, donde la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de Bs. 94.525,21,a los fines de terminar el juicio, la parte de actora conviene y acepta. El Tribunal Homologa el Acuerdo de las partes.