este Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad NIEGA la solicitud de Nulidad de Sentencia invocada por el ciudadano GILBERTO DE JESUS MOGOLLON GARRIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad personal Nº 12.535.123, nació el día 10 de AGOSTO de 1975, soltero, comerciante, hijo de María Garrido y José Mogollón, residenciado en el kilómetro 11, vía Carora, casa S/N de color al lado de la parada de los rapiditos de Pavía del Estado Lara. Por considerar que durante el juicio oral y público no ejerció las acciones necesarias para la aplicación de la ley contra el desarme. Regístrese, publíquese, y Notifíquese.