Se homologa el convenimiento realizado en fecha 18 de Febrero del año 2010, entre los ciudadanos: MARIA MILAGROS GRATEROL BRICEÑO, titular de la cédula de Identidad Nº 5.785.183 y el ciudadano REINALDO JOSÉ VALERO BRICEÑO, titular de la Cédula de identidad Nº V- 13.377.554, por ante la Defensoría Nº 01 de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, habida cuenta que el ciudadano REINALDO JOSÉ VALERO BRICEÑO convino en cuanto al Daño Moral causado a los adolescentes (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), cancelar a la progenitora de los referidos adolescentes, ciudadana MARIA MILAGROS GRATEROL BRICEÑO, la cantidad de la cantidad de SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 7.000,00) que comenzó a pagar a partir del mes de Diciembre de 2009 y deberá cancelar hasta el mes de Septiembre del año 2.011 de forma mensual de la siguiente manera: En el mes de Diciembre de 2009, la cantidad de NOVECIENTOS BOLÍVARES (BS. 900,00); en el mes de.....