En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, instaurada por la ciudadana MARÍA DEL CARMEN MONTERO DE TORRES, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-729.698, contra: LUÍS MIGUEL VÁSQUEZ GIL, venezolano, mayor de edad, hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-4.067.630.
2. SE ORDENA a la parte accionada:
a. Entregar a la demandante o a quien sus derechos represente el apartamento arrendado, distinguido con el Nº 1-C, piso 1, del edificio Residencias Arco Iris del Este I, ubicado en la avenida Los Leones y Avenida Caracas, en la Urbanización Fundalara, Municipio Iribarren del estado Lara, en el mismo buen estado en el que lo recibió, y solvente en cuanto a.....