en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los Artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
-PRIMERO: CON LUGAR la demanda de: RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, incoada por el ciudadano: BEIKER ALEXANDER CAÑIZALES RICO, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.427.191 y de este domicilio, asistido en este acto por la Abogada en Ejercicio: GREGORIA DEL CARMEN CAMACARO LEÓN, quien se encuentra inscrita por ante el (INPREABOGADO), bajo el N° 147.150, contra el ciudadano: JOSÉ LUIS MONTERO CORDERO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.367.868 y de este domicilio.
-SEGUNDO: RECONOCIDO el presente documento:
"Yo, JOSE LUIS MONTERO CORDERO venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad números V.-7.367.868, domiciliado en Barquisimeto Municipio Iribarren del Estado Lara, suficientemente hábil, do.....