DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de la defensa de revocar la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada en la presente causa al acusado JHOAN ENRIQUE TORRES PACHECO, titular de la cédula de identidad Nº 19.148.162, de conformidad a lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente.
La Juez de Juicio N° 03
El Secretario
Abg. Lexi Matheus
Abg. Liseth Telles