En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho expuestas, este Juzgado Trigésimo Octavo Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por el Abogado NELSON ANTONIO BRAVO MATERANO, en su carácter para ese entonces de Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. SEGUNDO: De conformidad con el contenido de la sentencia vinculante emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 1.175, de fecha 23 de noviembre de 2010, caso Ciro Francisco Toledo vs. Inversiones El Dorado C.A., se ordena la notificación inmediata de la presente decisión mediante oficio al entonces Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio inhibido, Abogado NELSON ANTONIO BRAVO MATERANO, quien en la actualidad ocupa el cargo de JUEZ SUPERIOR DE.....