DISPOSITIVA
Con base en los razonamientos explanados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio Del Circuito Judicial Del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre del república y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del código orgánico procesal, en concordancia con los artículos 250, 251, 244 eiusdem, en armonía con los artículos 13 ibidem, 26, 257, 43, 46 y 115 constitucionales, se revisa la medida de privación judicial preventiva de libertad al HENRY JOSE VASQUEZ RODRIGUEZ, acordando mantener la misma.