Se fija la obligación de manutención en un 31.57% del salario mínimo, que actualmente equivale a la suma de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400, oo), mensuales, que debe pasarle el ciudadano RIGOBERTO PERDOMO HERNÁNDEZ, ya identificado, a sus hijos (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), desde la presente fecha y mediante depósitos bancarios en la cuenta de ahorro Nº 01160117130197284809, de la entidad bancaria Banco Occidental de Descuento. (B.O.D.).