este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de PARTICIÓN interpuesta por los ciudadanos FRANKLIN JOSE MARULLO ZAMBRANO, GABRIEL MAURICIO MARULLO ZAMBRANO, MAURO MARULLO ZAMBRANO, este último actuando a su vez en su condición de tutor interino de la ciudadana MARIA JULIA MARULLO ZAMBRANO, y asumiendo la representación sin poder de la ciudadana FLOR TERESA MARULLO DE CORDERO, contra los ciudadanos GABRIELA ELOISA MARULLO DIAZ y CONSTANZO ANTONIO MARULLO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros V-8.238.531, V-7.355.080 y V-7.358.081, respectivamente, contra los ciudadanos GABRIELA ELOISA MARULLO DIAZ y CONSTANZO ANTONIO MARULLO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.937.793 y 20.670.862, respectivamente.
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