este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el Desistimiento del Procedimiento presentado, en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, instaurada por el ABOGADO ELVIS XAVIER CARRERA LAMEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.351.254, inscrito en el instituto de Previsión del Abogado (Impreabogado) con el N° 222.870, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JORGE ELIECER GARCÍA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.529.391, de este domicilio, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES ODECAR, C.A, estableciendo su domicilio en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara.