En consecuencia, por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus GENARO ANTONIO VASQUEZ ROMERO, quien falleciera ab intestado el día SEIS (06) DE JUNIO DE 2.006, según consta del acta de defunción expedida por el jefe del Registro Civil de la Parroquia La Beatriz y San Luis, municipio Valera del estado Trujillo, signada con el N° 148, inserta al folio 2 de esta solicitud, a la ciudadana: ROSA AMELIA MONTILLA DE VASQUEZ, en su condición de esposa legítima del referido causante. Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto. Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el archivo del Tribunal.
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