DISPOSITIVA
PRIMERO: Oída la Admisión de Hechos realizada por los imputados de manera libre y espontánea, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal de Juicio Nº 1 en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Se Declaran Culpables y Penalmente Responsables a los Ciudadanos Geiny José Linarez, C.I 17.354.324, soltero, de 24 años, agricultor domiciliado Villa Nueva, Municipio Moran, Parroquia Hilario Luna y Luna. Caserío Quebrada Arriba, Carretera Nacional Maria Lionza, Cerca de la escuela bolivariana "Quebrada Arriba" y Solibier José Manzano Loyo, C.I.18.915.951, casado, de 30 años, agricultor domiciliado Villa Nueva, Municipio Moran, Parroquia Hilario Luna y Luna. Caserío Quebrada Arriba, Carretera Nacional Maria Lionza, Cerca de la escuela bolivariana "Quebrada Arriba" por la Comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, señalado en el articulo 277 del Código Pe.....