D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por INDENMIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES, intentaron los ciudadanos MARIA AUXILIADORA QUEVEDO DE URBINA, MARILU DEL ROSARIO URBINA QUEVEDO, ALFONSO DE JESUS URBINA QUEVEDO, PEDRO JOSE URBINA QUEVEDO, GUSTAVO HUMBERTO URBINA QUEVEDO, RAFAEL RAMON URBINA QUEVEDO y CIRO DE JESUS URBINA QUEVEDO, en contra de la ciudadana JUANA ROSA MEJIA ORTEGANO, todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena en costas a los demandantes de autos, en virtud de haber sido vencidos totalmente, todo conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍ.....