En merito de los motivos de hecho y derecho que han quedado debidamente explanados, la Jueza Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar la presente acción de amparo constitucional interpuesta por la parte accionante ciudadana Mary Eugenia Barcos Sánchez contra sentencia dictada por la Jueza Abogada MARIA FERNANDA CHAVIEL LOPEZ a cargo del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el 17/11/2022, en el cuaderno de medida N° KH09-X-2023-00002, cuyo asunto principal es el numero KP02-N-2022-0000095, conforme a lo previsto en el artículo 27 de la Constitución Nacional, conforme a lo previsto en el artículo 27 de la Constitución Nacional, al violentar lo dispuesto en el articulo 49 nume.....