En consecuencia, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RAFAEL RANGEL, BOLIVAR, SUCRE, MIRANDA LA CEIBA, ANDRES BELLO Y MONTE CARMELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, en nombre de LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la cuestión previa del ordinal 6° del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada en contra de la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, derivados de Arrendamiento intentada por el ciudadanos: JUAN FRANCISCO MENDOZA, en contra del ciudadano: XIAO TIAN HUANG.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo dispuesto anteriormente se suspende el proceso por cinco (05) días de despacho, contados partir del día siguiente a que conste en autos la notificación de las partes, de la presente sentencia interlocutoria, para que la parte actora, subsane el defecto u omisión de forma del libelo en los términos explanados en la parte motiva de este fallo, en tal sentido.....