En tal sentido, este Tribunal observa, que la mencionada documentación de uno de los hijos del causante FRANCISCO GUILLERMO MORALES HACKETT, en su Partida de Nacimiento se identifica como: MANUEL ALEJANDRO, el cual nació el 06 de Diciembre de 1.995, y se evidencia, que el mencionado hijo descendiente, es un adolescente, por cuanto tiene 17 años de edad, tal como consta en su Partida de Nacimiento que corre agregada al folio 6 del presente expediente, en tal virtud, conforme a lo establecido en el Artículo 177, Parágrafo Primero, Literal "m" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado se declara incompetente para conocer de la presente causa, declinando la competencia al Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, a quien se acuerda remitir con oficio en la oportunidad de Ley, Y ASÍ SE DECIDE.
EL JUEZ,
ABG. ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO DELGADO
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