D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión, intentada por el ciudadano: WILIANS PUERTO, representado por los Abg. Robinsón Gregorio Salcedo Briceño, Ámbar Tayna Vitoria Toro y Mirtha Norys Vertiz, contra el ciudadano: Marcello Rolando Olmo Cuevas, todos identificados en autos. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar la suma de: DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.792.700,oo) por concepto del monto total de los dos (2) cheques; CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 446.832,oo) por concepto de intereses calculados a la tasa del 1% mensual sobre el monto de los cheques a partir del 03 de Julio del 2004; La cantidad de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y .....