Por todo los anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 246 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, efectuada en fecha 13 de Octubre del año 2011, por el ciudadano Joseph Sabbagh, asistido por el Abogado en ejercicio Dumelys González, parte actora en el presente juicio, y por la parte demandada el ciudadano Antonio Sayegh Debssiee, asistido por el Abogado en ejercicio Fernando Oswaldo Ramos Puerta.