Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 23 de mayo de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatorias en Costas del recurso.
TERCERO: Se CONFIRMA la Sentencia recurrida. En consecuencia la demandada deberá pagar a la actora los conceptos condenados por el a quo esto es; Diferencia Salarial, Prestación de Antigüedad e Intereses, Vacaciones y Bono Vacacional, Utilidades, Indemnización por Despido Injustificado, Beneficio de Alimentación, Intereses Moratorios y Ajuste por Inflación.
CUARTO: Se ordena notificar la presente decisión al Síndico Procurador del Municipio Jiménez del.....