Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda por COBRO DE BOLÍVARES incoada por la ciudadana EULISIS NATERA NATERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad V-2.326.797, contra la sociedad mercantil INVERSIONES INDELCEN, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II, de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda en fecha 10 de junio de 1982, bajo el Nº 6, Tomo 76-A-segundo, en la persona de su Directora ARLENE GARCÍA DONATE, así como a los ciudadanos NIDIA GUADALUPE VILLEGAS DE RODRÍGUEZ y JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ MEGA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y t.....