DECISIÓN
En mérito a las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de y por autoridad de la Ley declara
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE EXEQUATUR solicitada por el ciudadano GIL ALBERTO FERREIRA, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro V-9.878.987., domiciliado en la carrera 2 con calle 3, Urbanización Nueva Segovia, Residencia Villa Aranjuez, Apartamento 2, Piso 2, Municipio Iribarren, estado Lara,
SEGUNDO: En consecuencia, se procede a partir de la publicación del presente fallo LA DECLARATORIA DE FUERZA EJECUTIVA EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA de la Decisión de fecha doce (12) de Enero de dos mil veintidós (2022), dictada por el tribunal Judicial de la Región de Aveiro Juicio de Familia y Menores de Aveiro, Juez 1, que decreto el divorcio por mutuo acuerdo entre los .....