D E C I S I Ó N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la inhibición planteada en el presente caso.
Por cuanto el ciudadano juez Adolfo Gimeno Paredes, por auto de fecha 17 de Febrero de 2010, dispuso remitir el preindicado expediente número 11.314-09 a distribución, se le ORDENA requerir del Tribunal al que hubiere sido repartido, la devolución de dicho expediente, a los fines de que continúe conociendo del mismo.
Se ORDENA que por Secretaría se expida copia certificada de las presentes actuaciones y se deje en el archivo de este Tribunal, hecho lo cual se remitirán con oficio al Tribunal de origen. Anótese su salida.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mer.....