Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 25, numeral "3" de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, DECLARA: SIN LUGAR LA SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesto por el ciudadano CESAR AUGUSTO MOGOLLON, VENEZOLANO, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.666.568, domiciliado en la Urbanización Mirada Plata II, Edificio 7, Apartamento A-03, Punto de Referencia Frente a La Escuela Monseñor Luca Castillo, Parroquia Mercedes Días, Municipio Trujillo Estado Trujillo, asistido por el Abogado DOUGLAS BARRETO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 117.474; contra la FUNDACIÓN TRUJILLANA DE LA SALUD DEL ESTADO TRUJILLO (FUNDASALUD). Publíquese y Regístrese.