DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; habiendo oído la exposición de las partes, así como a la Fiscalia, Defensa Publica, decreta la Flagrancia, acuerda continuar la causa por el Procedimiento Especial Ordinario, establecido en la Ley especial y acuerda al ciudadano EDIXON JAVIER RIVERO MELENDEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 25.940336, el cumplimento de las medidas de seguridad y protección de conformidad con lo establecido en el articulo 90 numeral 3, 5, 6 y 13, de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistiendo esta última en oír dos charlas referentes a la Ley de Violencia de Genero, y Medida Cautelar de Presentación cada 30 días, por ante este Circuito judicial Penal, de conformidad con el Artículo 242 numeral 3 del COPP. Notifíquese a las partes.
LA JUE.....