este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y OBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio de los cónyuges OSVALDO RIVAS y SONEIDA COROMOTO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 9.007.337 y 9.324.439 y por consiguiente, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que ambos contrajeron por ante la Prefectura de la Parroquia Mercedes Díaz Municipio Valera del Estado Trujillo, en fecha 10 de Julio de 1987 según acta inserta bajo el N° 174.