ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR, el recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el Abogado Rafael Salas Moreno, Fiscal Noveno del Ministerio Público, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, de fecha (25 ) de Julio del 2008, por medio, de la cual decreta el Sobreseimiento de la causa seguida a JOSE GREGORIO VARGAS ARAUJO, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, de conformidad con lo pautado en el artículo 318 numeral 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal.