DECISIÓN
Oída las exposiciones de las partes este tribunal pasa a verificar el cumplimiento de las condiciones impuesta por este Tribunal de Juicio en audiencia de fecha 02/05/01, en la cual de conformidad a lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal reformado se le impuso de las siguientes condiciones en principio al imputado Jorge Luis Pirela Quijada: 1.-Permanecer en la residencia indicada en el tribunal, quedando prohibido cambiarla sin autorización del tribunal, en este sentido deberá consignar constancia de residencia, la cual cursa en las actuaciones al folio doscientos noventa y uno (291), 2.- Permanecer en un trabajo o empleo honesto, consignando constancia de trabajo cursante al folio doscientos noventa y dos (292), 3.- Presentaciones cada tres meses ante el tribunal, evidenciándose de la planilla de presentación cursante al folio ciento setenta (170) el cumplimiento de las mismas. En relación al imputado Freddy José Barrios Vera, se le impuso las s.....