PRIMERO: Se declara la INCOMPETENCIA FUNCIONAL EN RAZÓN DEL GRADO de éste Tribunal Superior Primero Agrario, para conocer de la presente causa remitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, correspondiente a la acción por interdicto de despojo, interpuesta por la ciudadana GLADIS FRANCISCA LIBERÓN DE CARUTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 3.355.752, asistida por el abogado WILLIAM GUSTAVO URIBE, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado Nº 54.049, en contra del ciudadano JORGE MILLER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.732.612. Y así se establece.
SEGUNDO: Se PLANTEA EL CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA conforme lo estatuido en la ley procesal adjetiva, específicamente en los artículos 70 y 71 de dicho texto legal, y por cuando no existe superior común a ambos juzgados, se ordena elevar a la Sala Plena del Tribunal.....