DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y en base a los argumentos de hecho y de derecho anteriormente explanados, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: Apreciadas las pruebas según la sana critica, conforme al artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, Declara INCULPABLE a la ciudadana ORLIBETH CAROLINA CICCALE MENDOZA, venezolana, de 29 años de edad, natural de Trujillo, Estado Trujillo, fecha de nacimiento 23-12-79, de ocupación estudiante, Titular de la Cédula de Identidad N° 13.745.922, soltera, hijo de Bety Josefina Mendoza de Ciccale y Orlando José Ciccale Macias, residenciado en la Avenida Castan quinta Sara, Numero 9440 san Jacinto de Truj.....