´DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: Omaira del Carmen Briceño y Jesús Ramón Fernández Núñez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.125.857 y V-8.724.366, respectivamente.
SEGUNDO:QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los mismos habían contraídoen fecha 23 de diciembre del año 1997, tal como se puede evidenciar en el acta Nº 59, y que se encuentra inserta en el libro de Matrimonios, llevado porla Unidad de Registro Civil del Municipio Trujillo y estado Trujillo.
TERCERO: Déjese por Secretaría copia Certificada del Fallo, conforme a lo dispue.....