DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control ADMINSITRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: PRIMERO: Se mantiene la medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal penal, relacionada con la detención domiciliaria con rondas policiales, al ciudadano como ELLINEIRE ANDERSON ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº 17831889 que vive en VIA PRINCIPAL EL CUMBE, A MEDIA CUADRA MÁS ARRIBA DE LA BRIGADA CANINA DE LA POLICIAL, VALERA ESTADO TRUJILLO y que es Obrero, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y que cumpla dicha medida de detención domiciliaria en la siguiente dirección: EL CUMBE AVENIDA PRINCIPAL, A MEDIDA CUADRA DE LA BRIGADA CANINA, CASA SIN NUMERO, FAMILIA QUINTERO MALDONADO, CASA .....