DECISIÓN
Por las anteriores razones, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio N° 4, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: Primero: De conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se DECLARA REVISADA la medida cautelar sustitutiva de libertad dictada por este Tribunal en contra del ciudadano JOSE GREGORIO ARIAS, ya identificado. Segundo: SE SUSTITUYE la medida cautelar sustitutiva de libertad de libertad, de arresto domiciliario impuesta al ciudadano JOSE GREGORIO ARIAS, ya identificado, por la presentación ante el Tribunal de Juicio N° 04 cada dos meses, establecida en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: Se ordena oficiar a los órganos de seguridad del estado a los fines de que se deje sin efecto la orden de aprehensión librada contra éste ciudadano en la presente causa. Publíquese y cópiese.