Vista la diligencia presentada en fecha 17-11-06 por la Apoderada Judicial de la parte demandada "QUESERA LAS 3 ROSAS C.A" Abg. LENNYS CASTELLANOS, inscrita en el IPSA bajo el N° 77.365, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL ESTADO TRUJILLO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA SIN LUGAR la solicitud de reponer la causa al estado de hyacer cumplir lo previsto en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en lo que respecta a la correción del libelo de demanda.