Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, realizada por la ciudadana OLGA MARIA TORCATES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.917.090, contra el ciudadano GILBERTO JOSE RODRIGUEZ REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.846.581. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante la Prefectura del Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 27 de abril de 2001, acta Nº 36, folio 37, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante ese Despacho. Expídanse copias cer.....