DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad a lo establecido en los artículos 27 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 118 y 120 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 34, 35 y 42 de la ley de protección de victimas, testigos y demás sujetos procesales ACUERDA PROCENTE la solicitud de protección a la victima QUINTERO ALTUVE PLINIO JOSÉ, titular de la cédula de identidad Nº 9.324.108 y su grupo familiar, quienes residen en la urbanización Raúl Leoni, rurales de la cejita, casa s/n, color verde agua cerca del muro, Municipio San Rafael de Carvajal, Estado Trujillo. Se acuerda oficiar a la brigada especial policial de protección adscritos a la comandancia general de la policía del Estado Trujillo, Municipio Trujillo.....