Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos Eleazar Gil Azuaje, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-7.971.602 en contra de la ciudadana Lorena Del Campo Verde Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.702.469, interpretación de la sentencia Nº 1070, (Divorcio por desafecto).