Primero: con lugar la inhibición planteada por la ciudadana abogada la Raleymar Dayana Alvarado Yépez, en su condición de Juez regente del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Lara, para conocer de la causa signada con el alfanumérico KJ02-S-2022-000088, nomenclatura del tribunal a quo, seguida en contra del ciudadano Miguel Alfonso Arriaga Vicuña, titular de la cédula de identidad V-16.972.137.
Segundo: Notifíquese de la presente decisión tanto a la Jueza inhibida como al Juez o Jueza sustituto/a temporal, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la emisión de la presente decisión, todo ello en acatamiento al fallo Nº 1175 del 23 de noviembre de 2010, dictado por Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional.