ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por Abg. RIGOBERTO GONZALEZ BAEZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, dictada en fecha 20 de Mayo de 2008, mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad contra los ciudadanos ANDRIU DANIEL RODRIGUEZ PRIETO y JOSE ALBERTO ROSALES RENGEL, plenamente identificados en auto