DECISIÓN:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE la Entrega del Vehículo: Clase: RUSTICO, Tipo: TECHO DURO, Uso PARTICULAR, Marca: TOYOTA, Modelo: LAND CRUISER, Año: 1972, Color: AZUL, Serial de Motor: 2F545193, Serial de Carrocería: FJ40123531, Placa: UAF-46K., en calidad de depósito al ciudadano: PABLO LUIS MENDOZA RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.996.753, o en su defecto a su apoderada Abogada: LAURA MENDOZA RIERA, I.P.S.A. nro. 104.183, con la expresa obligación de presentarlo cada vez que sea requerido. La entrega del vehículo está fundamentada en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes. Ofíciese al Jefe del Estacionamiento Judicial “CONCO.....