Seguidamente el tribunal obtiene información detallada de la situación procesal del acusado, tal consta en acta de fe fecha 18/11/09, quedando definitivamente determinado que el acusado fue trasladado al internado Judicial de San Felipe, Estado Yaracuy, a la orden del tribunal de Control No. 6 desde el día 10 de Noviembre de 2009, sin que el Tribunal hubiese tenido conocimiento de tal circunstancia, en virtud de lo cual fue necesario declarar la interrupción del juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ORDENA la remisión de las presentes actuaciones a la Oficina de distribución de causas a los fines de que sea asignado el conocimiento del mismo a otro tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio de esta Circunscripción Judicial, toda vez que esta juzgadora conoció del caso llegando a evacuar pruebas. Regìstrese, publiquese, notifíquese, remítase y cúmplase.