III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la tercerista, ciudadana María Emilia Materán, contra decisión dictada por el A quo en fecha 13 de junio de 2016, en el presente cuaderno separado de tercería, formado con motivo de la demanda de tercería por prescripción adquisitiva propuesta por la mencionada tercerista contra los contendientes del juicio que por reivindicación de inmueble se siguió entre la ciudadana Daysi del Carmen Castellanos, como actora, y el ciudadano Francisco Antonio Perdomo Méndez, como demandado, contenido en el expediente número 60-2015, llevado por el A quo.
Se declara INADMISIBLE la demanda de tercería por prescripción adquisitiva propuesta por .....