CUARTO
En consecuencia, por los motivos anteriormente señalados, este Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos CESAR JOSÉ ARAUJO, YELITZA CISNEROS DE ARAUJO y MARBIN ARAUJO CISNEROS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.790.006, V-10.284.283 y V-18.036.672, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio SIMÓN SEQUERA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Valera, Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad N° 15.407.128 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.873 contra la empresa "INVERSIONES LA CONFIANZA INFICON, C.A.", inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 7 de Octubre de 2003, bajo el N° 3.....