En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO El Recurso de Apelación ejercido por la parte actora contra la decisión de fecha 30 de enero de 2013, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Coordinación Laboral.
SEGUNDO: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento intentado por los ciudadanos RAFAEL ANTONIO TORREALBA, JOSÉ HERMES BALLESTEROS ROJAS y JUSTINIANO SÁNCHEZ contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE SEGURIDAD ARSIVER R.L.
TERCERO: No hay condenatoria en Costas, dadas las resultas de la presente decisión.