´III
DISPOSITVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentado por la Sociedad Mercantil BODEGON EL AMANECER 1. C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara en fecha 12/12/2012, bajo el N° 31, tomo 165-A en la persona de YOLCARO ANDREINA REYES REYES, contra la Ciudadana FLOR ELENA FLORIDO MELENDEZ, Venezolana, Titular de la cedula de Identidad N° V- 7.440.640, de este domicilio. Téngase la presente sentencia con autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 y 363 del citado cuerpo legal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lar.....