III
DECISIÒN
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Hecho interpuesto por la representación judicial del demandado en el juicio principal, en contra del auto dictado en fecha 07 de julio de 2011, por el Juez Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE ORDENA al Tribunal que conoce del juicio principal, a OIR la apelación ejercida en AMBOS EFECTOS, contra el auto dictado en fecha 27 de julio de 2011.
Déjese copia, y expídanse las copias de Ley.