DECISIÒN
En consecuencia corresponde a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictar las siguientes consideraciones: PRIMERO: Se admite la Acusación presentada y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, en contra del ciudadano OSMAR ARNALDO SULBARAN RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.583.466, Venezolano, de 29 años, nacido en fecha 11/07/1979 de ocupación Agricultura hijo de Ramón Sulbaran y Maria Agripina Ramirez, estado civil soltero, domiciliado en Urbanización Bolivariana calle José Felix Rivas, casa S/N color rosado cerca de la casilla policial campo alegre Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo 0146-8717028, por la comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA delito previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en p.....