DECISION
Con fundamento en lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con lugar la solicitud de Colocación Familiar presentada por la ciudadana Eduarda Del Carmen Perozo De Álvarez, ya identificada, a favor del adolescente (Omitido artículo 65 LOPNA). En consecuencia, se otorga la guarda del adolescente (Omitido artículo 65 LOPNA) a la ciudadana Eduarda Del Carmen Perozo De Álvarez, quien deberá velar por su bienestar moral y económico, asumir su crianza, y será responsable de él, ante las personas naturales y jurídicas.
Se le advierte a la ciudadana Eduarda Del Carmen Perozo De Álvarez que no podrá trasladar al adolescente dentro y fuera del territorio nacional sin autorización de esta Sala de Juicio, como también deberá participarle en el caso de cambio de residencia.
Notifíquese a la solicitante de es.....