Por los argumentos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Rectificación de la Partida de Nacimiento de la ciudadana: D. C.M. H.-
SEGUNDO: Queda establecido que en la PARTIDA DE NACIMIENTO N°. 120, correspondiente al año 2008; inserta en los libros llevados por la Oficina de Registro Civil Municipal de Boconó, Estado Trujillo, sea asentada la siguiente NOTA MARGINAL: Que aparezca en la referida Partida de Nacimiento de la solicitante, ciudadana: D. C. M. H, el nombre de su padre como: GERARDO LUÍS MILLA GONZÁLEZ y no como erróneamente aparece.- Quedando en todo caso a salvo derechos a terceros. De conformidad a las disposiciones legales, acuerda remitir sendas copias certificadas a la Oficina o Unidad de Reg.....